ENSAYO
Por Alma Bolón / Walter Ferrer
1)
El desear decir, el impedir decir, el desear que sea dicho y el desear que sea acallado; entre estas posiciones transcurren las vicisitudes de la palabra íntima y de la palabra pública. Las diferentes formas de la censura -las institucionales y las personales- nos acostumbraron a impedir decir, a acallar y amordazar, a tachar de la lista y cancelar, a recortar lo urticante y rellenar con pomada, a sacar el bocado y dejar los labios sangrando, a sellar desde dentro la boca, a no abrir ni para que salga el suspiro, a apretar los dientes, a cerrar, a lacrar: bocca chiusa, bocca chiusa, en coro nos dicen y nos decimos.
No obstante, la represión de la palabra que busca aflorar se complementa con la opresión que obliga a decir, que no permite no decir. La tortura infligida para hacer hablar al cautivo es su forma más patente. Las menos obvias son pacíficas y férreas, se las encuentra en los grupos de autoayuda, en algunas iglesias y/o sectas, en algunas obras artísticas “participativas”, en algunos compendios de lo que hay que decir, ante cada tema, cuando uno quiere ser bien considerado en sociedad. Sobre este programa -ser bien considerado en sociedad diciendo lo que hay que decir- Gustave Flaubert compuso su Diccionario de ideas recibidas, catálogo de fórmulas heredadas y siempre disponibles para ser pronunciadas con el candor de quien cree estar inventando el agua tibia.
En esta perspectiva, que se arraiga en la tradición retórica del “decoro” y de lo que debe decirse según quien se es, Michel Foucault, deshaciéndose de cualquier atisbo de mecánica sociológica, mostró la fuerza imperante del orden discursivo que rige una época, o una episteme, como gusta decir. Así como la lengua es un orden que nos constriñe (no conjugamos los verbos como queremos, no construimos los plurales como se nos antoja, no disponemos de más personas gramaticales que las provistas por la lengua en la que hablamos, etc.) también el discurso es un orden constrictivo. Claro que, como toda constricción en la que hay posibilidad de sujetos, el orden del discurso también ofrece la posibilidad de su enjuiciamiento. La lengua y el discurso simultáneamente enajenan (nos someten a su ajena ley) y permiten reflexionar sobre la enajenación, sobre la ley ajena que nos rige.
Entre las formas discursivas más constrictivas que eclosionaron y se impusieron en los últimos años, se encuentran los formularios.
2)
El formulario parece haberse convertido en el alimento primordial del aparato Estatal, en su combustible, en su fuente de energías siempre renovables; así, ya sea como ciudadanos, usuarios, demandantes, acusados, clientes, empleados, deudores o acreedores del Estado, buena parte del trato con éste impone llenar formularios en los que suelen reiterarse los datos mil veces ya pedidos y ya dados.
La índole constrictiva del formulario -hay que decir lo que se ordena que se diga, no hay que decir más, ni hay que decir menos- se intensificó con el proceso de “desmaterialización” (“dématérialisation”), como tan lindamente llaman en Francia a la conversión numérica de los documentos hasta ahora existentes y archivables como papel. Si al llenar un formulario en papel era siempre posible esquivar una respuesta o desarrollarla en una anotación al margen, los formularios digitales de creciente imposición impiden esquivar tanto como desarrollar una respuesta. Porque, en el formulario no solo no hay margen en el cual dejar un comentario o un desarrollo acerca de lo preguntado, sino que no es posible avanzar en el trámite de completado, si no se han rellenado todos los casilleros previos.
Impuesta por el formulario digitalizado, esta obligación de decir o decir sin posibilidad de saltearse algo que no quiera responderse se incrementa aún más cuando pesan amenazas de sanción sobre quienes no lo completen. Sobre la violencia autoritaria que ejerce el Estado uruguayo a través del Instituto Nacional de Estadística para así, a puro prepo, recabar datos “científicos” sobre la población, puede leerse un artículo (1) dedicado a analizar estas prácticas y las ideologías que las sustentan.
Porque, como es notorio, el formulario en tanto que discurso totalmente sesgado -solo puede responderse lo que se pregunta y nada más que lo que se pregunta, se compartan o no se compartan los presupuestos de lo preguntado- se aviene a la perfección a la encuesta en tanto que recurrida metodología de producción de conocimiento sobre diversos asuntos sociales. (Ya el nombre que se da a la encuesta otorga a ese nombre el estatuto de “hecho social”, de “realidad” en consecuencia medible. Dicho de otro modo, la encuesta tiende a producir la cosa cuya medición dice realizar; así por ejemplo, una “encuesta sobre violencia discriminatoria producida por obeso-fobia”, siempre encontrará a quienes se declaren víctimas, o victimarios, o testigos de victimidad, por razones imputables a los efectos de la gordura de la víctima en la mente del victimario. Una vez que el “hecho social fobia a los gordos” queda fundado por la encuesta, solo resta pasar a medirlo, obligando a las personas al llenado de cada una de las preguntas que están, más que midiendo, precisamente fundando ese “hecho social”. En el antes mencionado artículo, queda en evidencia cómo la encuesta sobre “Victimización” que lleva adelante el Instituto Nacional de Estadística sesga completamente la noción de “víctima”, al preguntar por un elenco de victimarios que solo incluye la pequeña delincuencia y excluye todos los grandes delitos de cuello blanco, de los que resultamos víctimas todos los ciudadanos.)
3)
Durante el mes de setiembre, la Universidad de la República lanzó un censo destinado a sus egresados, estudiantes y funcionarios. Se anuncia como un censo “continuo”, es decir que cabe esperar su constante renovación. El asunto es muy preocupante por varias razones.
En primer lugar, la tosca amenaza incondicional (no hay ni tu tía, ni accidente, ni enfermedad, ni válidas objeciones a considerar) que se blande sobre los funcionarios que no se avengan a responder dentro del plazo estipulado: no percibimiento del sueldo del mes de octubre (2). Para algunos docentes que mantienen un cargo en la Universidad por razones de prestigio que los favorecen en el ejercicio de la la actividad profesional privada, la amenaza no debería conmoverlos y cada uno sabrá cuánto pierde o gana con el llenado del formulario. Puede suponerse que haya sanciones para los estudiantes y egresados, aunque éstas sean más difíciles de implementar, en particular por el colapso administrativo en el que se encuentran algunas Bedelías de facultades, por la previa “desmaterialización” a la que se encontraban abocadas, acelerada con el trabajo a distancia impuesto en marzo de 2020. Para quienes vivimos de nuestro trabajo en la Universidad, funcionarios no docentes y funcionarios docentes, la amenaza cobra sentido, si cabe decir aquí “cobra”.
Independientemente de la variedad de efectos que tendrá la amenaza de sancionar con la supresión del sueldo el no llenado de un formulario, la constitucionalidad de la sanción es muy discutible: el sueldo de un funcionario público, en particular de un trabajador universitario, no puede suspenderse sino a partir de una investigación administrativa y un sumario. Además, todo acto administrativo debe estar razonablemente justificado, y ¿acaso puede razonablemente justificarse que es relevante para el desempeño de la labor universitaria la información sobre la opción sexual, sobre la ascendencia racial, sobre el número de personas que viven en la casa, sobre el número de hijos o sobre cuántos de ellos viven con el encuestado, y, en consecuencia, el funcionario omiso o reticente debe ser sancionado por no proveer dicha información?
Es verdad que la Universidad incurre periódicamente en esta amenaza que, llegado el caso, cumple sin avisar, al suspender el pago de los sueldos a los docentes que no hayan presentado los certificados de voto en las elecciones nacionales, departamentales y universitarias (la Facultad de Derecho incurre sistemáticamente en esta práctica) (3). En estas situaciones, basadas en resoluciones a nivel nacional, la figura es la retención total del sueldo -sanción que no es compatible con la resolución general de la Corte Electoral citada en nota final- , hasta tanto no se regularice la situación con la Corte. En el caso actual que estamos considerando, la Universidad se propone lisa y llanamente suprimir el salario total de quien no se avenga a llenar un formulario censual que, como se verá después, responde a la forma típica de la encuesta con pretensiones sociológicas.
Además del cariz anticonstitucional de la sanción prevista, debe preocupar la ideología que está obrando en este proceder. ¿Qué pasaría si, en el ámbito privado, una empresa impusiera a sus trabajadores la obligación de responder un cuestionario, so pena de no percibir el sueldo correspondiente a un mes? ¿Qué tiene que estar pasando en una sociedad para que su Universidad pública, gratuita, autónoma y cogobernada adopte formas de recabar datos absolutamente reñidas con la libertad de pensamiento y con el espíritu crítico que, en principio, dan sentido a su ser universidad y a su manera de concebir el conocimiento?
Cabe conjeturar que por un lado la Universidad, lejos de ser una entidad cerrada sobre sí, se encuentra de lleno sometida al creciente autoritarismo que nos rige y regula. Desde marzo de 2020 asistimos a pujas para imponer nuevos controles sanitarios, mayor rigor en los existentes, mayor recorte de la movilidad, mayores prohibiciones y limitaciones. En ese sentido, véase el último episodio que dio lugar al conflicto entre la IMM y los grupos decididos a celebrar la marcha de la diversidad 2021, ya prohibida por las autoridades municipales (4). Desde marzo de 2020 se multiplicaron las posiciones simplemente autoritarias que, en nombre de la lucha contra la pandemia, botonearon al vecino de toda la vida o al desconocido en la calle, y que hoy pujan por imponer el pase sanitario, sancionando directa o indirectamente a las personas que prefirieron no vacunarse.
En esa huella autoritaria que desde hace tiempo viene imponiéndose aun en los gobiernos del FA y que hoy autoriza a la policía, nuevamente, a parar muchachos en Ciudad Vieja para “controles de identidad”, cabe interpretar la prepotencia de las autoridades de la Universidad de la República, dispuestas a dejar sin sueldo a los trabajadores que no quisieran responder su cuestionario censitario.
Cabe conjeturar, también, algo más insidioso, a saber, la supuesta buena intención y la supuesta bondad de la metodología en juego. Dicho de otro modo, puede conjeturarse que este avance autoritario de la Udelar se sustenta en la creencia en que no solo el fin justifica los medios, sino que además los medios empleados consisten en la metodología científica por excelencia -el contar, el cuantificar- metodología esta susceptible de arrojar un resultado cuya incuestionabilidad legitima la prepotencia ejercida.
En resumen, con la confianza en la buena causa y en el buen método, la Universidad no para mientes en los efectos destructivos que produce su propósito censitario. Se obtienen datos mediante malas artes -amenazas de supresión de salario mensual- pero además a la fuerza se obtienen datos que los encuestados no necesariamente gustan dar, por variadas razones, siendo la más obvia de todas, pero tal vez no la principal, la pérdida de privacidad.
4)
En efecto, las respuestas al cuestionario al que son sometidos los universitarios están amparadas por la Ley Nº 16.616 y Ley Nº 18.331 que aseguran su confidencialidad. No obstante, no se trata de cuestionarios anónimos, que anónimamente se llenan y anónimamente reciben un tratamiento informático que extrae la información; por el contrario, se trata de formularios en los que figuran nombres, apellidos y número de cédula de identidad de quien debe responder. Estos datos son fundamentales, ya que además de castigarse la no respuesta al cuestionario, se castiga también la respuesta falsa. Ahora bien ¿cómo se sabrá o quién podrá acusar a Fulano de mentir en su formulario, si no es derogando cualquier confidencialidad?
En muchos casos, se trata de datos públicos o que ya están en posesión de la Universidad, por obra de algunos de los cientos de formularios que cualquier docente va dejando llenos a lo largo de su carrera laboral: dirección, teléfono, cargo(s) que ocupa, grado de formación, índole de los títulos, áreas en las que se desempeña, etc. No es posible, en la Universidad, dar un paso sin que eso quede registrado electrónicamente: nadie asume un cargo sin que algún sistema informático lo registre, nadie se doctora ni da clases ni dirige tesis ni investiga sin que algún sistema informático se entere. Es paradójico que la Udelar amenace con sancionar a sus trabajadores, en caso de que no respondan las preguntas que se refieren a su trabajo: veinticinco de las sesenta y dos preguntas son de ese tipo y parece absurdo que el empleador no tenga registros de esa información, o que considere necesario pedirla todos los años. Por lo tanto, el problema es la incapacidad de la Universidad para unificar los millones de datos que vive pidiendo a sus funcionarios.
En otros casos, se trata de datos relacionados con el estado de salud del funcionario, por ejemplo, datos sobre su visión o su audición o su dificultad para caminar o subir escalones o para entender y/o aprender. Hasta donde se sabe, y así se respondió cuando se pedían datos sobre los muertos con/de/por covid19, el estado de salud de las personas está sometido al secreto médico, es de índole absolutamente privada. Por muy público que sea usar anteojos, o ver mal por no usarlos, o aun si la intención es financiarlos por ser necesarios para desempeñar las labores, puede haber situaciones en los que alguien no desee decir la verdad sobre el estado de su visión o de sus oídos o de sus piernas o de su capacidad para entender y/o aprender… Sin embargo, quien desee tal cosa, anodino antojo o doloroso conflicto, deberá responder so pena de no cobrar el sueldo que gana con, entre otras cosas, los ojos y los oídos por los que la Universidad se interesa.
De igual modo, en el formulario se pregunta por cuántos y quiénes comparten la vivienda del universitario, qué tipo de lazo los une, si perciben salario, etc. Es difícil identificar en qué, estas preguntas francamente intrusivas y violatorias del derecho a la privacidad, afectan el ser universitario. ¿O acaso la Universidad piensa que todo trabajador, trabaje en donde trabaje, debe declarar a su patrón, so pena de cese de sueldo, con cuántas personas vive en su casa y qué tipo de vínculo lo une a ellas? ¿La Universidad piensa que esto debe ser un modelo universal de relacionamiento entre patrones y empleados o acaso piensa que como la Universidad es una patrona buena uno puede confiarse, porque estamos en familia, habitamos todos “nuestra mayor casa de estudios”?
Otro tipo de problemas se presenta en una serie de preguntas extremadamente complejas, en las que se pide que se responda como quien deshoja margaritas: mucho, poquito y nada. Como ya señalamos en otras oportunidades (5), el molde informático impone una manera de pensar que, para poder ser cuantificada (3 “mucho”, 2 “poquito”, 0 “nada”) requiere aplastar y aniquilar el pensamiento en tanto que exposición argumentada y matizada de un discurrir.
En este sentido causa alarmada sorpresa la pregunta 41, referida a la investigación realizada por el docente y dividida en 14 items, cada uno de ellos con una gradación extensa de posibles respuestas. Los items y los grados de respuesta, no solo pretenden ordenar y/o clasificar el conocimiento producido y su proceso de producción, sino también descubrir las intenciones del investigador de acuerdo a variables que están lejos de ser objetivas. Y, más gravemente aún, reflejan una concepción muy cuestionable y simplista de dicha actividad: su aplicabilidad, su organización disciplinaria, las medidas de su reconocimiento, las contrapartes, las fuentes de difusión, etc. Se presupone un investigador con ciertas características robóticas, donde cada una de sus actividades está “guiada” por algún propósito clasificable, encasillable, así como está provista de objetivos claros, además de presentar el conjunto de su trabajo escasa variabilidad. Ese caos epistemológico y ese tipo de preguntas están lejos de reflejar el proceso real de investigación y las preocupaciones del investigador en relación a su trabajo; concomintantemente, asientan la validez de algunas categorías muy cuestionadas. A eso se agrega cierta tautología y vacuidad de las preguntas: por ejemplo la 41.5 pregunta si la investigación que el docente produce “tiene por objetivos comprender los fundamentos que subyacen a la explicación de los fenómenos” y la 41.8 si “está guiada por preguntas de investigación sobre la comprensión fundamental de los fenómenos”. Es muy difícil imaginar la utilidad que pueda tener esa montaña de datos imprecisos y confusos que resultan de una pregunta de estas características.
Finalmente, porque la Universidad ha sido fiel generadora y seguidora de la agenda de los “nuevos derechos”, aparece una serie de preguntas relacionadas con la “identidad de género” y con la “ascendencia” que uno cree tener (6). La pregunta por la “ascendencia”, en la incongruencia de su formulación, delata la ideología demagoga que la sustenta; entre las posibilidades se ofrece una serie cromática (“negra”, “blanca”, “amarilla”) a veces complementada con una toponimia (“Afro”, “Asiática”) y a veces no (“Indígena”). Esta clasificación, similar a la de la enciclopedia china que evoca Jorge Luis Borges, hace del blanco y del indígena dos “ascendencias” extra territoriales, tal vez marcianas o submarinas, mientras que el negro y el amarillo son territoriales, son “ascendencias” territorializadas. Cabe suponer un universitario que por su color de piel o la forma de su nariz o de sus labios, considere que tiene ascendencia “negra”, pero a quien le consta que su familia está instalada en Brasil desde el siglo XVI. ¿Cómo responde a la pregunta si suponemos que no quiere mentir? Igualmente, cabe suponer un universitario que se mira y se ve blanco, pero a quien le consta que su “ascendencia” procede del Turquestán, o de Afganistán, o de Armenia, o de Azerbaiyán, o del Líbano, o de Siria, o de Palestina o de Israel, ¿deberá mentir y declarar su “ascendencia blanca” o deberá mentir y declarar su “ascendencia amarilla asiática”. Uno se pregunta ¿en la Universidad de la República se ignora que Armenia, el Líbano, Siria e Israel quedan en Asia, por no nombrar la mayor parte del territorio de Turquía? ¿Se ignora que uno puede considerarse blanco y provenir de Egipto, Túnez, Marruecos, Argelia, Libia, Sudáfrica, etc.?
Suponemos que no se ignoran tales obviedades, pero la corrección de la agenda impone, ese es el orden constrictivo del discurso, hablar como quien no sabe, o como a quien no le importa saber. El asunto sería chistoso, si no fuera que, al imponerse este orden y, en este caso, imponerse con el peso de la sanción, se violentan muchas convicciones.
Por ejemplo, las convicciones de a quienes no les importa escudriñarse el rostro para cuantificar su pigmentación. O las convicciones de quienes consideran la identificación de las “ascendencias” como una práctica contraria al principio de igualdad del género humano, como una práctica pasible de ser considerada delito por otras legislaciones, o pasible de ser tomada como bandera por pensamientos racistas, discriminatorios, persecutorios de las personas por sus rasgos físicos o por los apellidos que llevan.
En cuanto a la pregunta relacionada con la “identidad de género” (7) claramente resulta violatoria de la intimidad, al asumir que todo transexual, hombre o mujer, o que toda persona que se considere de “identidad de género no definido” o de “identidad de género Otra” está dispuesto a declararlo y publicarlo en un formulario impuesto por la Universidad y cuyo derrotero y destino se ignora. ¿Por qué suponer que toda persona está deseosa de declarar su “identidad de género”? Y si no se supone tal cosa ¿por qué obligar a esas personas, so pena de no cobrar un mes de sueldo, a hacer lo que no quieren hacer?
Por otra parte, dada la notoria diferencia en la formulación de las dos preguntas más directamente relacionadas con la agenda de “nuevos derechos”, ¿por qué dar por sentado que uno tiene “creencias” con respecto a la raza a la que pertenece, pero debe tener convicciones con respecto a “la identidad de género”?
5)
No es novedad, el disciplinamiento se nutre y se ejerce con la ciencia del Estado, la estadística, cuando ésta se relaciona directamente con las prácticas de conteo, ordenamiento, clasificación, jerarquización y asignación de lugares al objeto que así se forja, “la población”.
Que esta práctica de disciplinamiento autoritario -identifíquese o marche preso; declare dónde están sus cómplices u otro zambullón; responda quién es y qué hace o quédese sin cobrar su sueldo- haya sido aprobada por las autoridades de la Universidad de la República da la pauta de la ruina que habitamos.
Notas
- https://brecha.com.uy/prepo-la-ciencia-estatal/
- Así queda estipulado: “6 -Establecer que la omisión del docente de completar el formulario estadístico FormA-Docente, le impedirá percibir los haberes del cargo en el que hubiera omitido completarlo, correspondiente al mes de octubre del año referido.” Item 6, Res. 5, del 3 de Agosto 2021, CDC. Udelar.
- En formato menos hostil, la Ley No. 13882 establece: “Artículo 10. -El ciudadano que sin causa justificada no cumpliera con la obligación de votar, incurrirá en una multa.” En el Art. 16 c) se establece la multa del 20% del salario en el caso de funcionarios públicos.
- https://www.montevideo.com.uy/Noticias/-Esto-no-es-apoyar-o-no-apoyar–dijo-Cosse-tras-inhabilitacion-a-Marcha-de-la-Diversidad-uc797409
- https://brecha.com.uy/procusto-0-2-o-la-imposible-conversion/
- La pregunta 6, correspondiente a la “ascendencia”, está formulada de la siguiente forma; la pregunta 7 inquiere por la predominancia:
- “6.¿Cree tener ascendencia…?
6.1 Afro o negra
6.2 Asiática o amarilla
6.3 Blanca
- 6.4 Indígena”
- La pregunta 2, correspondiente a “la identidad de género” está formulada de la siguiente manera:
- “2¿Cuál es su identidad de género?
1.1. Mujer
1.2. Varón
1.3. Mujer Trans
1.4. Varón Trans
1.5. No definido
1.6. Otra.”
Foto: Fachada de la Universidad de la República / Portal: udelar.edu.uy